REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 18 de julio de 2025
214° y 165°
Reanudada como se encuentra la presente causa, este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente y dando cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en su sentencia proferida en fecha 21 de febrero de 2025, mediante el cual declaró:
“(…) PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 15.11.2023 por el ciudadano RODRIGO IGNACIO FUSCO, titular de la cedula de identidad N° V-26.902.019, contra sentencia proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia En Lo Civil, mercantil y del Transito Y bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua en fecha 10.11.2023 con motivo del juicio por PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS incoado por el ciudadano RODRIGO IGNACIO FUSCO, titular de la cedula de identidad N° V-26.902.019 contra la ciudadana AIDA JOSEFINA FUSCO AIELLO, titular de la cedula de identidad N° V-9.687.156 en el expediente N° 8883 (nomenclatura interna de ese juzgado).
SEGUNDO: SE REVOCA parcialmente la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia En Lo Civil, mercantil y del Transito Y bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua en fecha 10.11.2023 con motivo del juicio por PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS incoado por el ciudadano RODRIGO IGNACIO FUSCO, titular de la cedula de identidad N° V-26.902.019 contra la ciudadana AIDA JOSEFINA FUSCO AIELLO, titular de la cedula de identidad N° V-9.687.156 en el expediente N° 8883 (nomenclatura interna de ese juzgado).
TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Cuarto de Primera Instancia En Lo Civil, mercantil y del Transito Y bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, decrete medida de secuestro, así como las medidas innominadas, a los fines de no violentar el doble grado de la jurisdicción seguir sustanciado la presente causa con motivo del juicio por PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS incoado por el ciudadano RODRIGO IGNACIO FUSCO, titular de la cedula de identidad N° V-26.902.019 contra la ciudadana AIDA JOSEFINA FUSCO AIELLO, titular de la cedula de identidad N° V-9.687.156 en el expediente N° 8883 (nomenclatura interna de ese juzgado). (sic)(…)”
En consecuencia, este Tribunal pasa a decretar las siguientes medidas:
PRIMERO: Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 599 ordinal 4° del Código de Procedimiento Civil, y conforme a lo ordenado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, DECRETA LA MEDIDA DE SECUESTRO, sobre los siguientes bienes:
1. Una casa y el terreno sobre el cual está construida, ubicada en la Calle Niño Jesús, No.22, de la Urbanización El Limón, Maracay, Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, identificada con el número catastral 03-01-03-15. Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Distrito Girardot del Estado Aragua, actualmente con la nomenclatura Registro Público del 2do Circuito de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorri y Costa de Oro del Estado Aragua, en fecha 16 de junio de 1980, bajo el No 12, Tomo 10. Protocolo Primero, 2do Trimestre.
2. Un Edificio ubicado en la Calle Vargas Sur cruce con Calle Negro Primero, N° 35, Maracay, Estado Aragua. Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Girardot del Estado Aragua, actualmente con la nomenclatura Registro Público Primero del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 30 de abril de 1964, bajo el No. 31. Protocolo Primero, Tomo 1, 2do Trimestre.
3. Un lote de terreno y la casa quinta sobre el construida, situado en la Calle Vargas con Calle Páez, No. 1301, hoy No,29, Maracay, Estado Aragua. Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Girardot del Estado Aragua, actualmente con la nomenclatura Registro Público Primero del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 05 de abril de 1973, bajo el N° 04, Tomo 6, Folios 08 hasta 11, Protocolo Primero del año 1973.
4. Un inmueble con su terreno anexo, ubicado en la Calle Vargas Sur, No.33 Maracay, Estado Aragua. Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Girardot del Estado Aragua, actualmente con la nomenclatura Registro Público Primero del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 11 de julio de 1974, bajo el No. 7, Tomo 9, Folios 21 hasta 25, Protocolo Primero del año 1974, Tercer Trimestre.
5. Un inmueble, consistente en un terreno y la casa sobre el mismo construida, ubicado en la Calle Vargas, No.31, Maracay, Estado Aragua. Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Distrito Girardot del Estado Aragua, actualmente con la nomenclatura Registro Público del 2do Circuito de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorri y Costa de Oro del Estado Aragua en fecha 18 de enero de 1985, bajo el No. 39, Protocolo Primero, Tomo 2, Primer Trimestre, Folio 200.
6. Un apartamento ubicado en la Carretera San Antonio de Los Altos, Sector Don Blas, Municipio San Antonio de los Altos del Estado Miranda, Residencias Las Trinitarias, Apto 43, Piso 04. Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, actualmente con la nomenclatura Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 23 de junio de 1988, bajo el N° 02, Protocolo Primero, Tomo 35, Folio N° 6.
7. Una parcela de terreno y la casa sobre el construida ubicado en la Calle Puerto Colombia, No. 05, de la Urb. CAYPREOCE II, San Joaquín de Turmero, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua; con una superficie aproximada de DOSCIENTOS DIEZ Y NUEVE METROS CUADRADOS CON DOS DECIMETROS (219,02 mts), alinderado así: NORTE: Con el cerro Santa Marta, en 17,70 mts; SUR: Con parcela N° 04, en 19,40 mts; ESTE: Con calle Puerto Colombia, en 10,90 mts; y OESTE: Con parcela N° 10, con calle Aroa, en 10,38 mts. Dicho inmueble se encuentra protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Mariño del Estado Aragua, actualmente con la nomenclatura Registro Público de los Municipios Santiago Mariño, Libertador y Linares Alcántara del Estado Aragua, bajo el N° 49, Folios 218 al 220, Protocolo Primero, Tomo 12, Segundo Trimestre, de fecha 27 de julio de 1994.
Para la práctica de la medida decretada se comisiona amplia y suficientemente a los TRIBUNALES ORDINARIO Y EJECUTORES DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS COMPETENTES, quien previamente a la materialización de la medida deberá realizar sendas inspecciones y avalúos en cada uno de los bienes a costa de la parte interesada, a los fines de prevenir daños irreparables a terceros. Igualmente, el Tribunal comisionado queda facultado para designar Depositario Judicial, conforme al Artículo 539 del Código de Procedimiento Civil, a quien se ordena remitir el correspondiente despacho, anexándosele copia certificada por Secretaría de la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, proferida en fecha 21 de febrero de 2025.
SEGUNDO: Ahora bien, este Tribunal de conformidad con lo ordenado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en sentencia de fecha 21 de febrero de 2025, y con base en lo dispuesto con los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, DECRETA MEDIDA INNOMINADA DE DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR JUDICIAL AD HOC, VEEDOR O LOCALIZADOR DE BIENES. este Tribunal nombra como Administrador Ad Hoc al ciudadano JORGE BENCOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.351.350, de profesión Contador Público, inscrito bajo el N° 36.603; a quien se ordena notificar a fin que comparezca por ante este Tribunal, al segundo (2º) día de despacho siguiente a su notificación a dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Así se decide. – Líbrese boleta de notificación. -
TERCERO: Este Tribunal dando fiel cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en sentencia de fecha 21 de febrero de 2025, DECRETA MEDIDA INNOMINADA DE APERTURA DE CUENTA BANCARIA. En consecuencia, se ordena librar oficio al BANCO DIGITAL DE LOS TRABAJADORES BANCO UNIVERSAL C.A., a los fines de que la mencionada institución bancaria se sirva aperturar una cuenta bancaria, con el propósito de que se depositen montos de los cánones de arrendamientos que generen los inmuebles que conforman el acervo hereditario, objeto de la presente controversia; a nombre de la parte actora, ciudadano Rodrigo Ignacio Fusco Zeiden, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.902.019; sin embargo, se le indicara a la mencionada institución bancaria que, todo movimiento bancario deberá ser bajo autorización y firma del Juez y Secretario adscrito a este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Así se decide. Líbrese oficio. -
JUEZ TITULAR
Dr. RAMON CAMACARO PARRA
SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ ALFONZO
RCP/AHA/Kim. -
Exp. N°. 16.246.-
En esta misma fecha se libró el oficio respectivo. -
SECRETARIO