Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Acantara De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Palo Negro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. En Ejercicio declara INADMISIBLE la presente demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA. En consecuencia se ordena la desincorporación del presente Expediente del archivo activo del Tribunal y su remisión al archivo judicial para su guarda Y custodia. Y asi se decide.
PUBLİQUESE Y REGÍSTRESE
Dada. Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Acantara De la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Palo Negro a los diez (10) días Del mes de Julio de 2025. Años 215 de la Independencia y l66 de la Federación..-
LẨ JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOŽADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO BORGES
En esta misma fecha se publicó y registro la anterior decisión
LA SECRETARIA
Exp. N° TMP-5668-25.-
BA/SQ/lp