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En consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de os Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, PRIMERO: le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos Expuestos por las partes en dicho convenimiento presentada por ante este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se ordena Proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. SEGUNDO: como consecuencia De lo anterior se declara RECONOCIDO EL CONTENIDO Y FIRMA de DOCUMENTO PRIVADO, suscrito entre los ciudadanos WIRBERLIZ NATHALIE FLORES CARDOZO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.285.403 y SULY MABRILY CARDOZO REVOLLEDO, venezolana, mayor de edad titular de las cédula de Identidad N° V-13.115.604, quien actúa en representación del ciudadano JOSÉ AGUSTIN BORGES AROCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-11.911.15D, Según poder debidamente apostillado por ante el Ministerio de Relaciones, Notaria Pública Sexta De la República de Panamá, bajo el N° 202544691EARCA de fecha 16 de Junio de 2025; Asimismo, este órgano jurisdiccional, advierte a las partes que la presente homologación tiene por Objeto la transferencia de la propiedad del bien inmueble ubicado en la Urbanización Residencial Palo Negro II, Avenida Norte III, Manzana C, Casa N° C-109, Palo Negro, Municipio Libertador Del estado Aragua, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con la Parcela C-110 en veinticinco metros (25 Mtrs), SUR: con parcela C-108 en veinticinco metros (25Mtrs), ESTE: con parcela C-134 en diez metros (10 Mrs) y OESTE: con avenida norte III en Diez (10Mtrs), con una superficie de doscientos cincuenta metros cuadrados (25OMtrs2). Así se Decide.-
PUBLÍQUESE Y REGİSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los once (11) días del mes de Julio De 2025. . Años 215 de la Independencia y l66 de la Federación.-
LẨ JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOŽADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO BORGES
En esta misma fecha se publicó y registro la anterior decisión
LA SECRETARIA
TMP-5737-25.-
BA/SQ/Ap
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