Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana SANDRA YELITZA VILLAVICENCIO BLANCO, venezolana. Mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-|1.086,440; asistida por el abogado YIMMY VIELMA. Inscrito en cl Instituto de Previsión Social del Abogado N°146.456, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de Terreno, ubicado en CALLEJON ARAGUA QUE DA ACCESO A LA CALLE ARAGUA N° 14-2, SECTOR PRIMERO DE MAYO, PARR0QUIA SAN MARTIN DE PORRES, PALO NEGRO. Código Catastral N° 05-07-02-UO1-024-001-020-000-000-000, con un área de terreno De DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS (283,94Mis2) y un área de construcción de DOSCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (206.34Mts2): dentro De los siguientes linderos NORTE: Con Pared Perimetral. SUR: Con casa N°09-2. ESTE: Con Callejón Aragua queda acceso a la calle Aragua. Su frente, OESTE: Con la casa N° sn. Y vistas Las declaraciones de los testigos presentados. Este Tribunal, conforme a los recaudos consignados Por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la Ciudadana SANDRA YELITZA VILLAVICENCIO BLANCO, venezolana, mayor de edad y Titular de la cedula de identidad N° V-l1.086.440, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LẨ JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOŽADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO BORGES
En esta misma fecha se publicó y registro la anterior decisión
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. N°TMP-7775-25