Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana MARIA DEL CARMEN TERAN APONTE, venezolana, mayor de edad y titular de la Cedula de identidad N° V-24.388,490; asistida por la abogada MIRNA NUNEZ, inscrita en Ci Instituto de Previsión Social del Abogado N° 290.254, sobre unas bienhechurías Ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en AVENIDA PARAMACONI c/e PRINCIPAL DE LA URBANIZACION EL ORTICEÑO, PALO NEGRO. Código Catastral N° 05-07-02-UO1-010-004-062-000-000-000. Con un área de terreno de CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CỦARENTA Y NUEVE CENTIMETROS (483,49Mts2) un área de construcción de CUATROCIENTOS OCHENTAY TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMETROS (483,49NMts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: Coa Avenida Paramaconi, su frente. SUR: Con centro comercial JOMA. ESTE: Con calle Principal de la urbanización el orticeño, OESTE: Con área verde, camineria. Y vistas las Declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos Consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre De la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana MARIA DEL CARMEN TERAN APONTE. Idod Ne V.ɔ4388.490. todo de Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil. Dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las Presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LẨ JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOŽADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO BORGES
En esta misma fecha se publicó y registro la anterior decisión
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. N° TMP-7805-25
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