REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY



EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


Maracay, 30 de Julio de 2025
215º y 166º


Vista la anterior solicitud y sus anexos presentado por la ciudadana: ODALYS NOHEMI MEDERO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros V-7.233.310, asistida por la abogada NURIS DEL CARMEN GUTIERREZ TORO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.614. Ahora bien, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO

DASA/BTM/ps
SOL. 136-25.










En el día de hoy Maracay, 30 de Julio de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentado dijo ser y llamarse UNIBALDO JOSE SALINAS COLMENARES, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad N° V-26.369.733. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contesto al: PRIMERO: Si los conozco, desde hace muchos años. SEGINDO: Si se y me consta que la ciudadana ANTONIA NOHEMI HERNANDEZ MEDERO, es la madre legitima de los ciudadanos ALBERTO JOSE MEDERO HERNANDEZ y ODALYS NOHEMI MEDERO HERNANDEZ. TERCERO: Si se y me consta que son los Únicos y Universales Herederos. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
El TESTIGO,

LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ps
SOL. 136-25.-

















En el día de hoy Maracay, 30 de Julio de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentado dijo ser y llamarse JAVIER ALEJANDRO MEDINA LOZANO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad N° V-17.578.383. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contesto al: PRIMERO: Si los conozco, desde hace muchos años. SEGINDO: Si se y me consta que la ciudadana ANTONIA NOHEMI HERNANDEZ MEDERO, es la madre legitima de los ciudadanos ALBERTO JOSE MEDERO HERNANDEZ y ODALYS NOHEMI MEDERO HERNANDEZ. TERCERO: Si se y me consta que son los Únicos y Universales Herederos. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
El TESTIGO,

LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ps
SOL. 136-25.-


















EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 30 de Julio de 2025
215º y 166º

Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos; ODALYS NOHEMI MEDERO HERNANDEZ y ALBERTO JOSE MEDERO HERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 7.233.310, V- 7.260.576 respectivamente, en su carácter del causahabientes de la ciudadana ANTONIA NOHEMI HERNANDEZ MEDERO quien en vida fuera titular de la cedula de identidad N° V-3.142.805, quien falleció en Maracay el día 01 de Noviembre del año 2015, tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral Del Municipio Girardot del Estado Aragua; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,

BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/ps
SOL. 136-25.-