REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 16 de Julio de 2025
215° y 166°
Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana MARÍA SPINELLA GIAIMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.274.117 y las declaraciones rendidas por los ciudadanos WILLIAM JOSÉ GOITIA LOYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 6.964.438 y OMAR ARARA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 1.586.894 respectivamente, este Tribunal como se pide, dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a la ciudadana MARÍA SPINELLA GIAIMO, antes identificada su condición de constructora y poseedora de las bienhechurías construidas sobre terreno municipal, ubicadas en la calle Zulia, N° 19, Sector La Candelaria, Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, la cual posee el número catastral 05-08-02-U-01-16-01-39. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones y expídanse las copias certificadas que solicite la parte solicitante.
LA JUEZA SUPLENTE
ABG. MARÍA VIRGINIA ROMERO RAMÍREZ
LA SECRETARIA
ABG. JANETH PÉREZ
MVRR/JP/BM
Sol. T3M-M-70-2025