REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 02 de julio de 2025.-
215° y 166°
Revisadas como han sido las actas que conforman la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la por la ciudadana YUSMARA DEL VALLE MEJIAS LOPEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.627.712, número telefónico: 0416-969-5239, debidamente asistida en este acto por el abogado DANIEL PACHECO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro.261.892, quien actúa en apoyo de la Gestión Social del Tribunal Móvil, Coordinada por el Poder Judicial “TSJ en la calle”, cumpliendo con los lineamientos orientados por la Magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez, en su carácter de Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y demás Magistrados y Magistradas, Rectoría judicial del estado Aragua, que fue efectuada en la Urbanización Rafael Urdaneta, Sector 3, Calle 6, en la Sala de Gobierno Rafael Urdaneta, sede: “Che Guevara” Circuito Comunal 5, la Segundera, de la ciudad de Cagua, Municipio Sucre del estado Aragua, ahora bien, este Tribunal observa, que no consta de los recaudos anexos a la presente solicitud, el plano de mesura y la autorización de Evacuación de Titulo Supletorio, emitidos por los organismos competentes de la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Aragua, es por lo que este Órgano Jurisdiccional, en ejercicio del Despacho Saneador del Juez, INSTA a la parte interesada, a consignar los recaudos ut supra, a los fines de las declaraciones testimoniales que han de evacuarse. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. LIZLLANA CERGELIS RIVAS LEÓN.
LA SECRETARIA,

ABG. ELEANA FLORES.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA,

ABG. ELEANA FLORES.-
SOL. Nro. T1M-C-8165-2025.-
LCRL/Ef/yp