REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 29 de julio de 2025.-
215° y 166
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: T1M-C-8190-2025.-
MOTIVO: ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITANTE: ARELYS DEL CARMEN PACHECO LOZADA.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ARELYS DEL CARMEN PACHECO LOZADA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.610.286, número telefónico: 0412-8521702, debidamente asistida en este acto por el abogado ARCIA JACOME ENRIQUE ASDRUBAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.907.584, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 226.260, quien actúa en apoyo de la Gestión Social del Tribunal Móvil, Coordinada por el Poder Judicial “TSJ en la calle”, cumpliendo con los lineamientos orientados por la Magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez, en su carácter de Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y demás Magistrados y Magistradas, Rectoría judicial del estado Aragua, que fue efectuada en el Complejo Educativo Nacional Libertador Simón Bolívar, calle 3, sector La Comuna Hugo Chávez, circuito comunal 1, de la ciudad de Cagua, Municipio Sucre del estado Aragua; donde solicita sea declarada, su persona y los ciudadanos YOVANI RAFAEL PACHECO LOZADA, KELLEN MARIA PACHECO LOZADA, EDUARDO RAMON PACHECO LOZADA, VICTOR JOSE PACHECO LOZADA y LUIS ANTONIO PACHECO LOZADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.729.092, V-8.733.907, V-9.435.989, V-10.751.569 y V-10.757.878, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de-cujus, EDUARDA JOSEFINA LOZADA, quien fuere venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.126.894, quien falleció ab-intestato en fecha 31 de diciembre del año 2024. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos ARELYS DEL CARMEN PACHECO LOZADA, YOVANI RAFAEL PACHECO LOZADA, KELLEN MARIA PACHECO LOZADA, EDUARDO RAMON PACHECO LOZADA, VICTOR JOSE PACHECO LOZADA y LUIS ANTONIO PACHECO LOZADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.610.286, V-8.729.092, V-8.733.907, V-9.435.989, V-10.751.569 y V-10.757.878, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de-cujus, EDUARDA JOSEFINA LOZADA, quien fuere venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.126.894, quien falleció ab-intestato en fecha 31 de diciembre del año 2024, según se evidencia de Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas, Parroquia Santa Cruz del estado Aragua, inserta bajo el acta N° 151, Tomo I, Folio 156 vte y vto, de fecha 31 de diciembre del año 2024. Y así se decide. Devuélvanse las actuaciones a la solicitante. Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada por este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua a los 29 días del mes de julio de 2025. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. LIZLLANA CERGELIS RIVAS LEÓN.
LA SECRETARIA,
ABG. ELEANA FLORES.-
En la misma fecha se devuelve constante de (______) folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. ELEANA FLORES.-
SOL. Nro. T1M-C-8190-2025.-
LCRL/Ef/yp.-
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