REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
214° y 165º
SOLICITUD Nª________________
SENTENCIA Nª ________________
SOLICITANTE: HORANYS MILAGROS CEBALLOS y JIREH GRACIELA CEBALLOS, venezolanas, mayores edades, solteras, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.698.035 y V-30.754.967.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA.
Vista la solicitud presentada por las ciudadanas: HORANYS MILAGROS CEBALLOS y JIREH GRACIELA CEBALLOS, venezolanas, mayores edad, solteras, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.698.035 y V-30.754.967,conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CE000963,Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: TOVAR TOVAR ERIC JOHAN y SIERRA GUTIERREZ JOSMELY ALDARIS, titular de la cédula de identidad Nro.V-20.117.736 Y V-26.849.755, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de las ciudadanas: HORANYS MILAGROS CEBALLOS y JIREH GRACIELA CEBALLOS, venezolanas, mayores edad, solteras, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.698.035 y V-30.754.967, sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide OCHOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, (850,00.Mtrs2), ubicado en: En Avenida Las Industrias, casa Nº 12, Sector Los Colorados, Parroquia Villa De Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 21,00 Mts. Con casa que es o fue de Peter Calanga; SUR: En 21,00 Mts. Con casa que fue o es de la señora Rosa Ibarra; ESTE: En 40,50 Mts. Con casa que es o fue de Omar Gutiérrez; OESTE: en 40,50 Mts. Con Avenida Las Industrias, que es su frente, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los treinta (30) días del mes de julio (07) de Dos Mil veinticinco (2025)
LA JUEZ,
ABG.GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. YEZENIA GONZALEZ
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de (13) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
Solicitud N°9374 LA SECRETARIA TEMPORAL
YCGG/YG/KARLA ABG. YEZENIA GONZALEZ
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