REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBREPODER JUDICIAL



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALDEL ESTADO ARAGUA

Villa de Cura, 07 de Julio de 2025
Años 214° y 165°
SOLICITUD Nº
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬ -07072025
SOLICITANTE: NELLY JOSEFINA LIEVANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.785.050
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: NELLY JOSEFINA LIEVANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.785.050 conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: certificado de empadronamiento N°CE000753, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, Gaceta Oficial del I.N.T.I, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: JOSE SANTANA SILVA Y DORYS THAMAYRA FRANQUIZ CORRALES, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.396.077 y N° V-12.564.404, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: NELLY JOSEFINA LIEVANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.785.050, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno propiedad I.N.T.I, con una extensión de terrenos que mide OCHOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (850,00mts2), y con una construcción de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (72,00mts2), ubicado en Villa Virginia Carretera Nacional villa de cura San Juan de los morros Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 50,00 Mts. Con propiedad del señor rondón; SUR: En 50,00 Mts. Con propiedad del señor Alejandro Pantoja; ESTE: En 17,00 Mts. Con propiedad del señor francisco Brito; OESTE: En 17,00 Mts. Con propiedad de la señora soraida carrillo, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los siete (07) días del mes de Julio del Dos Mil veinticinco (2025).
LA JUEZA
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG: YEZENIA GONZALEZ
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
SOLICITUD Nº
GCGB/YG/KC. ABOG: YEZENIA GONZALEZ