REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 20 de junio de 2025
Años: 215° y 166º

Por recibida en fecha 20 de junio de 2025, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua, y vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos, constante de un (1) folio útil junto con sus anexos, presentado por la ciudadana ARGELIA ALECIA GUEDEZ DE TABARE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.229.396, hábil en derecho y de este domicilio, asistida por la abogada YNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, y las declaraciones rendida por los ciudadanos ANTHONY GABRIEL ACOSTA FERNANDEZ y FRANCYS ZAIMAR FIGUEREDO MOTA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-27.463.176 y V-30.595.703 respectivamente, este tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurarle a su peticionaria ciudadana ARGELIA ALECIA GUEDEZ DE TABARE, antes identificada, y a los ciudadanos ARCI DEL CARMEN TABARE GUEDEZ, YERIS BETZABETH TABARE GUEDEZ, RUTH MILAGRO TABARE GUEDEZ, INGRID JOSEFINA TABARE GUEDEZ, ARGELIA YAMILETH TABARE GUEDEZ y JESUS ANTONIO TABARE GUEDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.343.362, V-13.722.736, V-15.122.742, V-15.864.277, V-15.864.278 y V-9.657.082 respectivamente, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante CIRO TABARE, quien en vida era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-3.041.024, quien falleció en fecha 27 de octubre de 1994, en el Municipio Libertador, estado Aragua, según consta de Acta de Defunción emanada del Registro Civil del Municipio Libertador, Capital Palo Negro, estado Aragua, asentada bajo el N° 366, Folio N° 366 Fte, Año 1994. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la solicitante.
LA JUEZA;

ISABEL CRISTINA MOLINA
LA SECRETARIA,


ANGELICA FERNANDEZ

En la misma fecha se entregó el original con sus resultas constante de ( ) folios útiles a la solicitante, como se ordenó.
LA SECRETARIA,


ANGELICA FERNANDEZ

Sol. Nº T4M-S-3845-2025.-
ICM/AF/AA.-