REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 11 de Junio del 2.025
215º y 166º
Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana FRANCHESCA ELENA MOGOLLON DELGADO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-24.458.623, asistida en este acto por el Abogado VICTOR GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 301.401, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a la ciudadana FRANCHESCA ELENA MOGOLLON DELGADO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-24.458.623 como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de los derechos dejados por el causante GUILLERMO ALBERTO MOGOLLON, quien en vida era venezolana, mayor de edad, quien en vida era el titular de la cédula de identidad Nº V-12.035.049. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. YESSIKA GABRIELA TREMON REBOLLEDO.
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se devuelve constante de (10) folios útiles.-
LA SECRETARIA
ABG. ARIADNA A. CHIONIS M. .
SOL. Nº T5M-S-1498-25.-
YGTR/ACHM/juan.-
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