REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 11 de junio de 2024
215° y 166°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN ÚNICO UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana, RUTH MARÍA PÉREZ DE LUCKE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.182.623, asistida por el abogado VICTOR YOEL ZAPATA JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.926.767 e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 276.549, se le da entrada en el Libro respetivo; y por cuanto este Tribunal observa de la revisión de las actas que conforman la misma que, la parte solicitante no consigno el acta de defunción en original o en copias certificadas del de-cujus ERNST MICHAEL LUCKE. En consecuencia, éste Juzgado, dicta el presente despacho saneador del Juez e INSTA a la parte solicitante a consignar el recaudo ut supra con los trámites administrativos correspondientes, a los fines de la admisión y sustanciación de la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. LIZLLANA CERGELIS RIVAS LEÓN.
LA SECRETARIA,
ABG. ELEANA FLORES
En esta misma fecha, siendo la 11:00 a.m., se publicó, y registró la anterior sentencia, en la página web del Tribunal Supremo de Justicia región Aragua, http://www.tsj.gob.ve
LA SECRETARIA,
ABG. ELEANA FLORES.-
SOLICITUD. Nº T1M-C-8158-2025.
LCRL/Ef/ypk