REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO ARAGUA
Cagua, once (11) de junio de dos mil veinticinco (2.025)
215º y 166º
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N° T2M-C-1221-2025
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: MERLYS MICHELLE DEL VALLE MENDEZ SOLORZANO
En relación a la solicitud de fecha veintiocho (28) de abril de dos mil veinticinco (2.025), presentada por su firmante, MERLYS MICHELLE DEL VALLE MENDEZ SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-18.884.832, de este domicilio, con número telefónico 0414-344.49.04 y correo electrónico Merlys105@gmail.com, asistida por el abogado en ejercicio, MOISES ANTONIO PEREZ LARA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 86.526, con número telefónico: 0412-765.59.24 y correo electrónico: moisesantonioperezlara@gmail.com, con domicilio procesal en Edificio San Esteban, Piso 2, Oficina 2, Cagua Municipio Sucre del estado Aragua, en su carácter de hija del causante, donde solicita que sean declarados como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de el De-Cujus JUAN BAUTISTA MENDEZ GONZALEZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-2.963.997, fallecido Ab Intestato el día tres (03) de diciembre del dos mil diecinueve (2019), según consta en el Acta de Defunción Nº 585, Folio 085, Tomo III, tal como se desprende en los Libros de Registro de Defunciones llevados por ante el Registro Civil Villa de Cura, Municipio Zamora Estado Aragua, por causa de una Insuficiencia Respiratoria Aguda, Neumonía Tardía, Cardiopatía, Isquémica Crónica, a los ciudadanos cuyos nombres: CARMEN DEL VALLE SOLORZANO DE MENDEZ, MERLYS MICHELLE DEL VALLE MENDEZ SOLORZANO, JUAN ERNESTO MENDEZ, SOLORZANO, CARLOS ENRIQUE MENDEZ SOLORZANO, ALDRIN JOSE MENDEZ SOLORZANO y JUAN BAUTISTA MENDEZ SOLORZANO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.728.781, V-18.884.832, V-13.201.778, V-10.458.708, V-10.458.709 y V-15.302.304, respectivamente, en su carácter de esposa e hijos del De – Cujus, JUAN BAUTISTA MENDEZ GONZALEZ, anteriormente identificado. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los mencionados ciudadanos y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos, CARMEN DEL VALLE SOLORZANO DE MENDEZ, MERLYS MICHELLE DEL VALLE MENDEZ SOLORZANO, JUAN ERNESTO MENDEZ SOLORZANO, CARLOS ENRIQUE MENDEZ SOLORZANO, ALDRIN JOSE MENDEZ SOLORZANO y JUAN BAUTISTA MENDEZ SOLORZANO supra identificados, en su carácter de esposa e hijos, según consta en las respectivas, acta de defunción, acta de matrimonio, actas de nacimiento, así como copias fotostáticas de las cédulas de identidad anexadas al presente expediente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Y así se decide. Expídanse todas las copias certificadas necesarias de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la parte solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En Cagua, a los once (11) días del mes de junio de dos mil veinticinco (2.025). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZA,
JUBELY JOSEFINA FRANCO SOTO.
LA SECRETARIA,
MARIANNY VALBUENA REYES
En la misma fecha siendo las 09:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión
LA SECRETARIA,
Sol. T2M-C-1221-2025
JJFS/mvr/zn.-
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