REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


LA VICTORIA, VEINTICINCO (25) DE JUNIO DE 2025.
213° y 165°


SOLICITUD: T2M-V-947-25.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: GABRIELA ELIZABETH CARTAYA PEREZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO V-20.771.010.
ABOGADO ASISTENTE: MARIA DUARTE INPREABOGADO N° 251.516.

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana GABRIELA ELIZABETH CARTAYA PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro V-20.771.010 y vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanas Daniela del Carmen Cartaya Pérez, Yetzy del Valle Cordones Martínez, venezolanas, mayores edad, solteras, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-26.148.453 y V-14.087.684, domiciliadas en Sabaneta C/Negro Primero N° 114, Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua y Urbanización El Bosque Condominio 2, Edificio 3, del Estado Aragua respectivamente. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana GABRIELA ELIZABETH CARTAYA PEREZ MORALES, plenamente identificada, Sobre unas bienhechurías ubicada en la calle Punto Fijo c/c Callejón Negro Primero N° 15 S/Sabaneta Municipio José Rafael Revenga, Estado Aragua y comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con Callejón Negro Primero, SUR: Con María Molina; ESTE: ¬-con calle Punto Fijo; y OESTE: Con Ismenia Molina; identificada con el Nº CATASTRAL 05-06-01-U02-008-Sabaneta, Todo en un lote de terreno de Propiedad Nacional que mide: Ciento Ocho con Sesenta y Siete Metros Cuadrados (108,67 M2), con un área de construcción de Cincuenta y Cuatro con Treinta y Cuatro Metros Cuadrados (54,34 M2) Según croquis y levantamiento realizado por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua.

Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.

LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.


EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ.

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales al interesado.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ.


Solicitud Nº T2M-V-947-25.-
RDRM/EH/yl
TITULO SUPLETORIO.-