REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
º
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.
Villa de Cura, 4 de Junio de 2025
Años 215° y 165°
Por recibida y visto el anterior escrito de solicitud de Copia Certificada, suscrita por la ciudadana: MARIA MILAGROS SILVA DE ALVAREZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. V-12.310.881, désele entrada bajo el Nº¬¬9332 y anótese en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la buenas costumbres, ni alguna disposición expresa de ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, ahora bien, a los fines de proveer sobre lo solicitado, este Tribunal ordena expedir por Secretaria copia certificada del Libro de Matrimonios signada con el Nº21, vto del folio 31 y folio 32 vto, fecha dieciséis (16), de Octubre llevada en el registro de matrimonios correspondiente al año 1.992 Cumplida como ha sido la presente solicitud, se ordena entregar a la parte interesada la respectiva copia certificada. ¬¬¬
LA JUEZ PROVISORIA
ABOG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG.YESENIA GONZALEZ.
En la misma fecha, se le dio entrada bajo el Nº 9332
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG.YESENIA GONZALEZ.
Solicitud Nº9335
GCGB/YG/VF.-