REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBREPODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALDEL ESTADO ARAGUA
Villa de Cura, 05 de Junio de 2025
Años 214° y 165°
SOLICITUD Nº 9329
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬____05062025
SOLICITANTE: NORELIS VANESSA JASPE MARTINEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-27.867.604
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: NORELIS VANESSA JASPE MARTINEZ, mayor de edad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-27.867.604 conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: certificado de empadronamiento N°CE000531, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, Autorización del síndico Municipal, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: SARRAMERA CAMBERO ANGEL ALEXANDER Y BERMUDEZ ERAILAN ALEXANDER JOSE, titulares de las cédulas de identidad N°V-27.167.709 y N°V-18.646.930, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: NORELIS VANESSA JASPE MARTINEZ, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. 27.867.604, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide CUARENTA Y SIETE METROS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (47,85 mts2), y con una construcción de CUARENTA Y SIETE METROS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (47,85 mts2), ubicado en Calle Páez C/C Calle Mateo Vargas Casa Nº1-4 sector las tablitas Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 10,85Mts. Con calle Páez su frente; SUR: En 13,70 Mts. Con casa que es o fue de Bernardita Martínez; ESTE: En 3,80Mts. Con que es o fue de la familia Montevideo; OESTE: En 4,00 Mts. Con calle mateo Vargas, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los cinco (05) días del mes de Junio del Dos Mil veinticinco (2025).
LA JUEZA
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG: YEZENIA GONZALEZ
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
SOLICITUD Nº9329
GCGB/YG/KC. ABOG: YEZENIA GONZALEZ
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