REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
215° y 165°

SOLICITUD Nº_1166-25
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬__161 -06-2025
SOLICITANTES: NORA MARGARITA ROMERO ALVARADO y JOSE LUIS MALDONADO GUEDEZ, venezolanos, solteros, titulares de las cédula de identidad Nro. V-12.478.054 y V. 7.237.788
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: NORA MARGARITA ROMERO ALVARADO y JOSE LUIS MALDONADO GUEDEZ venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nro. V-12.478.054 V. 7.237.788 conjuntamente con los recaudos anexos tales como: certificado de empadronamiento N°CE:000669, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: NANCY TOMASA NIEVES GONZALEZ y QUIORMAN MAURA CARIDAD MONTEVIDEO UZCATEGUI , titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.824.912 y V-13.115.283, respectivamente promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: NORA MARGARITA ROMERO ALVARADO y JOSE LUIS MALDONADO GUEDEZ, venezolanos, Solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.478.054 y V. 7.237.788 , sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno propios Municipal con una extensión de terreno que mide: CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS ( 482,00,40 mts2), ubicado en La Calle Comercio, Casa Nº 29, Parroquia San Francisco de Asís Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: Con 26.80, Mts. Con Calle Independencia .SUR: En 26,80Mts. Con Con Casa que o fue de Familia Ojeda ESTE: en 18,00Mts. Con Casa que o fue de la Familia Ramos. OESTE: En 18.00 Mts Con Calle Comercio que es su Frente. Cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En San Francisco de Asís a los Treinta (30) días del mes de Junio del Dos Mil veinticinco (2025)
La Jueza

Abg. Doralys Torres.
El Secretario

Abg. Pedro Cobos

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de (10 ) folios útiles a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El Secretario

Abg. Pedro Cobos
SOLICITUD Nº1166-25
Dvtt/R/b.-