REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 13 de Marzo del 2025
214º y 165º
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana MARINA ESTHER BELLO LOPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-10.363.964, debidamente asistida por el abogado RAMON EMILIO GONZALEZ ALDANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 164.572; sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en la AVENIDA LOS JABILLOS CRUCE CON AVENIDA FRANCISCO DE MIRANDA, N° 237-A, BARRIO RAFAEL URDANETA, MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA, Código Catastral N° 05-17-01-U01-025-004-063-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (145,00Mts2); y un área de construcción de DIECISIETE METROS CON NOVENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (17,91Mts2); cuyos linderos son: NORTE: con inmueble N° 239, lote 24, SUR: con la avenida los jabillos, su frente; ESTE: con inmueble N° 239, lote 24 y OESTE: con avenida generalisimo de Miranda; y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana MARINA ESTHER BELLO LOPEZ, antes identificada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-7615-25
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