REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 24 de marzo de 2025
Años 213° y 164°
EXPEDIENTE N°. TMP -:5624-25
PARTE SOLICITANTE: JESUS ALBERTO ROJAS SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.248.672, respectivamente.-
PARTE DEMANDADO: LENNYS JAQUELINE ARVELO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.652.014, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: RAFAEL GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº212.565.-
MOTIVO: DIVORCIO POR DESAFECTO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
En fecha 07 de Marzo de 2025, fue recibida SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano JESUS ALBERTO ROJAS SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.248.672, asistido por el profesional del derecho RAFAEL GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº212.565, contra la ciudadana LENNYS JAQUELINE ARVELO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.652.014, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que existe una discrepancia entre el nombre del solicitante JESUS ALBERTO ROJAS SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.248.672, en el acta de matrimonio presentada y el nombre que se encuentra establecido en la cédula de identidad, en consecuencia, este Tribunal INSTA a las partes a subsanar, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (24) días del mes de marzo del (2025) Años 213° de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
Anexo: lo indicado
EXP. Nº 5624-25
BA/SQ/ag.-
|