REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 24 de marzo de 2025
Años 213° y 164°

EXPEDIENTE N°. TMP -7665-25
PARTE SOLICITANTE: JOSMAR VICENTE OJEDA ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.449.181, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: ROMMEL ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº169.137.-
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

En fecha 13 de Marzo de 2025, fue recibida SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano JOSMAR VICENTE OJEDA ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.449.181, asistido por el profesional del derecho ROMMEL ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº169.137, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que la de-cujus, CARMEN MARINA ESPINOZA RIVERO, quien falleció en fecha 17.01.2025, y en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 4.057.914, se encontraba casada según acta de nacimiento consignada por el ciudadano JOSMAR VICENTE OJEDA ESPINOZA, antes identificado, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte a consignar sentencia de divorcio o acta de defunción del cónyuge requerido, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (24) días del mes de marzo del (2025) Años 213° de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA

Anexo: lo indicado
EXP. Nº 7665-25
BA/SQ/ag.-