REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
En el día de hoy, 06 de Marzo de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse ISABEL YUDITH ZAMBRANO DE IZARRA, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-7.270.438. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si, lo conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que el ciudadano de cujus, falleció el 27 de Octubre de 2024, en su residencia. TERCERO: Si, puedo dar fe que el ciudadanoVICTOR SATURNINO GUTIERREZ NARVAEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-11.981.445, deja como herederos a los ciudadanos HARON LISANDRO GUTIERREZ ARNAO yLEANDRO DAVID GUTIERREZ ARNAO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- V-30.102.181y V-28.249.657respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 29-25
En el día de hoy, 06 de Marzo de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse ROXANA CLAUDINA DANIEL MEDINA, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-12.141.945. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al:PRIMERO: Si, lo conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que el ciudadano de cujus, falleció el 27 de Octubre de 2024, en su residencia. TERCERO: Si, puedo dar fe que el ciudadanoVICTOR SATURNINO GUTIERREZ NARVAEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-11.981.445, deja como herederos a los ciudadanos HARON LISANDRO GUTIERREZ ARNAO yLEANDRO DAVID GUTIERREZ ARNAO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- V-30.102.181y V-28.249.657respectivamente, quienes son los únicos y universales herederos. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 29-25
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 06 de Marzo de 2025
214º y 165º
Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: HARON LISANDRO GUTIERREZ ARNAO yLEANDRO DAVID GUTIERREZ ARNAO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V- V-30.102.181y V-28.249.657respectivamente, en su carácter de causahabientesdel ciudadano: VICTOR SATURNINO GUTIERREZ NARVAEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-11.981.445,quien falleció en fecha 27 de Octubre de 2024 tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 29-25
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 06 de Marzo de 2025
214º y 165º
Por recibida en fecha 19 de Febrero de 2025, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua, y vista la anterior solicitud deUNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS constante de Un (01) folio útil y sus anexos presentado por elciudadanoHARON LISANDRO GUTIERREZ ARNAO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-30.102.181, en representación propia y de suhermano, debidamente asistido por la profesional del derechoYNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 29-25