REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 12 de marzo de 2.025
214° y 166°
Visto el anterior escrito de solicitud presentado por la ciudadana DAVIS MARGARITA SEGUNDA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.690.721, y de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación sin poder de su hermano, el ciudadano ALBERTO SEGUNDO ANDRÉS RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.197.214, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 de Código de Procedimiento Civil; asistida por el abogado en ejercicio JESÚS MÁRQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 295.877; y las declaraciones rendidas por los ciudadanos EDGAR RAFAEL BETANCOURT PORTE y MARÍA GEMMA SILVERI GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.488.459 y V-9.433.032 respectivamente, este Tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos DAVIS MARGARITA SEGUNDA RAMÍREZ y ALBERTO SEGUNDO ANDRÉS RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.690.721 y V-15.197.214 respectivamente, sus condiciones de Únicos y Universales Herederos de la causante MIRTHIA DEL CARMEN RAMÍREZ ALEN, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-3.968.927, fallecida el día 10 de julio de 2.024, en la ciudad de El Limón, Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua. Devuélvase original con sus resultas y expídanse las copias certificadas que solicite la parte interesada.
LA JUEZA SUPLENTE,
ABG. MARÍA VIRGINIA ROMERO RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
ABG. JANETH PÉREZ
Sol. N° T3M-M-16-2025
MR/JP/CP.-•