REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Doce (12) de Marzo de Dos Mil Veinticinco (2025)

213° y 165°


SOLICITUD: T2M-V-941-25.-

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

SOLICITANTES: ANDRY MARIA SANCHEZ SUAREZ Y OTROS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro V-19.014.788.-
ABOGADO ASISTENTE: MARIA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516

Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana ANDRY MARIA SANCHEZ SUAREZ, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos IMALAY DE LA CRUZ SANCHEZ SUAREZ, FREDDY RAMON SANCHEZ SUAREZ Y JENNY ISABEL SANCHEZ SUAREZ, venezolanos, solteros, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-20.116.215, V-19.014.789 y V-15.316.292 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada MARIA DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ALFREDO RAMON SANCHEZ CASTILLO, quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.805.247, fallecido Ab- intestato, el día 05 de Noviembre del año 2019, en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Guaicaipuro, Parroquia Los Teques del Estado Miranda, Acta Nro. 1387 del Año 2019. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido ALFREDO RAMON SANCHEZ CASTILLO, plenamente identificado, a los ciudadanos ANDRY MARIA SANCHEZ SUAREZ, IMALAY DE LA CRUZ SANCHEZ SUAREZ, FREDDY RAMON SANCHEZ SUAREZ Y JENNY ISABEL SANCHEZ SUARE, venezolanos, solteros, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-19.014.788, V-20.116.215, 19.014.789 y 15.316.292 respectivamente, en condición de coherederos del De cujus, como consta en copia simple del acta de nacimiento Nros. 135, al Folio 68 del Año: 1980 expedida por la Prefectura del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, Acta: N° 533, al Folio 267 Año: 1992, expedida por la Prefectura del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda y Acta: 1186 al Folio 193 vto. Del Año: 1989 expedida por la Prefectura del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, respectiva. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los ¬¬¬¬¬¬¬¬Doce (12) días del mes Marzo de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación. -
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ


RDRM/EH/am
SOL. Nº T2M-V-941-25.-