CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en atención a la obediencia de la ley, al derecho y la justicia, como lo demanda la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los artículos 26, 253, 257, de la tutela judicial efectiva, la prevalencia del debido proceso, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE, este Tribunal para conocer la presente solicitud, en imperio a lo establecido en los artículos 49.3, 253, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 9, 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículos 58, 68, todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA penal N° 8J-0295-24, a favor de los ciudadanos: FERNANDO JAVIER ALMARZA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V-16.048.719, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, nacido en fecha 12-01-1981, de 44 años de edad, residenciado en: Calle 5 de Julio, Casa N° 15, Barrió Libertador, Mariara, estado Carabobo. Telefono Contacto: 0412-753-3488, JORGE LUIS MONGE MEDINA, titular de la cedula de identidad N° V-11.527.916, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, nacido en fecha 22-09-1986, de 38 años de edad, residenciado en: Urbanizacion El Cujizal, Calle 11, Casa N°06, Mariara, estado Carabobo, Teléfono Contacto: 0424-4235625. JOHNNY ALBERTO MESA ROMAN, titular de la cedula de identidad N° V-12.337.178, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, nacido en fecha 17-06-1976, de 48 años de edad, residenciado en: Avenida 106, Casa N° 98, La Coromoto, Maracay, Estado Aragua, Teléfono Contacto: 0412-8960405. y LEVIS ELISANDRO HERRERA GALLEGOS, titular de la cedula de identidad N° V-17.608.265, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, nacido en fecha 22-09-1986, de 38 años de edad, residenciado en: Urbanización El Paseo, Calle 29, Casa N° 236, El Limon, Municipio Mario Briceño Irragorry, Teléfono Contacto: 0416-4332021, de conformidad con lo establecido en los artículos 49.7, 300.3, 301 en concordancia con el artículo 361 tercer aparte, todos del Código Orgánico Procesal Penal, visto el cumplimiento de las condiciones impuestas por este juzgado en fecha 18 de febrero de 2025. TERCERO: Se decreta el cese de todas las medidas de coerción personal que hayan sido dictadas en contra de los ciudadanos FERNANDO JAVIER ALMARZA MORENO, titular de la cedula de identidad N° V-16.048.719, JORGE LUIS MONGE MEDINA, titular de la cedula de identidad N° V-11.527.916, JOHNNY ALBERTO MESA ROMAN, titular de la cedula de identidad N° V-12.337.178 y LEVIS ELISANDRO HERRERA GALLEGOS, titular de la cedula de identidad N° V-17.608.265, así como, la exclusión y/o actualización del registro policial ante el Sistema Integrado de Información Policial (S.I.I.P.O.L.) conforme a la presente decisión únicamente relacionada con la presente causa, la cual guarda relación con las actas procesales K-18-0075-00762, causa fiscal MP-270889-2018, expediente del Tribunal N° 1C-25.330-18, y asunto con competencia de este operador de justicia N° 8J-0295-24, cumplido lo previsto en el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión, conforme a lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. QUINTO: Remítase la presente causa al Archivo Judicial Central, a los fines de su archivo definitivo, una vez quede definitivamente firme la misma. Publíquese, regístrese.
Dada, sellada y firmada en la sede del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia en Funciones de juicio, de este Circuito Judicial Penal del estado Aragua, a los cinco (05) días del mes de marzo del 2025
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