REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 14 de mayo del 2025
215° y 166°

PARTE ACTORA: ciudadano RUBEN DARIO MENDEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 19.223.424, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil “PRODICARNES C.A”.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “KORDERO 2022 C.A.” en la persona de su presidente, ciudadano FRANCESCO GIUSEPPE FALCIATORE GIGLIO venezolano, mayor de edad y titular d
e la cédula de identidad N° V -10.480.874.

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO
EXPEDIENTE N°: 16.083-D

Vista la diligencia que antecede presentada por el Abogado RICARDO ANDRES LEON GODOY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 285.750, mediante la cual desiste de la presente causa incoada contra la Sociedad Mercantil “KORDERO 2022 C.A.” en la persona de su presidente, ciudadano FRANCESCO GIUSEPPE FALCIATORE GIGLIO venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V -10.480.874, en consecuencia, este Tribunal, le imparte su homologación, conforme a los términos contenidos en la misma, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se da por terminado el presente juicio en lo que respecta a los ciudadanos antes mencionados.
JUEZ TITULAR

Dr. RAMÓN CAMACARO PARRA
SECRETARIO

Abg. ANTONIO HERNÁNDEZ ALFONZO

RCP/AHA/Jhoana.
Exp. No. 16.083