REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y ESTABILIDAD LABORAL, CON SEDE EN LA VÍCTORIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
La Victoria, 16 de mayo de 2025
Años 215º y 166º
Visto el auto dictado en esta misma fecha en la pieza principal del presente expediente, a los fines de su cumplimiento se ordena levantar la medida preventiva de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SOBRE los siguientes bienes:
1.- Las propiedades muebles e inmuebles y derechos que recaigan sobre La sociedad Mercantil PROMOTORA ESENCIAL GERSIN,C.A, inscrita en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) con el numero J002913908, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial el Distrito Capital y del Estado Miranda, en fecha 06 de Mayo de 1987, bajo el N° 36, Tomo 33-A-Sgdo, con última modificación efectuada en fecha 09 de abril del 2008, bajo el número 34, tomo 52-A-SDO.por cuanto dicha empresa pertenecía en su totalidad y como único accionista al del Cujus VICENTE IACOBUCCI MANETTI, titular de la Cedula de Identidad V.-11.118.991.segun acta de asamblea General extraordinaria inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital en fecha 09 de abril del año 2008, inscrita bajo el número 34, Tomo 52-A-Sdo.y quien era propietario y titular del de setenta mil acciones (70.000,00)con un valor nominal de diez bolívares (Bs.10,00) C/U .
2.-Medida Preventiva de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble que le pertenece a la ya identificada Sociedad Mercantil PROMOTORA ESENCIAL GERSIN, C.A, el cual consiste en un lote de terreno con todas las bienhechurías y mejoras en el enclavadas que forman parte de la hacienda Santa Cruz de Curiepe, ubicado en jurisdicción del municipio Santos Michelena (anterior municipio Las Tejerías del Distrito Ricaurte del Estado Aragua) en el lugar denominado Guayas, el cual tiene una superficie aproximadamente de 2.871,07 mts2, y está comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: De los puntos H a G, una línea recta de 9 mts con terreno de la misma hacienda Santa Cruz de Curiepe, SUR: De los puntos M a E, una línea recta de 44,22mts, alinderado con la porción N° 3 que es o fue de “C:A Viviendas y Obras Publicas”. ESTE: Una línea recta de 37 Mts de largo del punto M al punto H y de 59,50 mts del punto L al punto H con la carretera interna de la Hacienda que conduce a la cabecera de la Quebrada de Curiepe, por el OESTE: El cauce de la Quebrada de Curiepe, midiendo del punto G al punto F 65, 75 mts y del punto F al E, 37,71mts. La porción de terreno es la 4. La propiedad de dicho inmueble consta según documento protocolizado en el Registro Inmobiliario de los Municipios Santos Michelena, Bolívar y Tovar con sede en la Victoria, bajo el número 34, tomo 9, folios 140 al 144, trimestre 2 del mes de junio del año 1991.
3.- Medida preventiva de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR de las setenta mil (70.000) acciones con un valor nominal de Diez bolívares (10,00) cada una, que pertenecían al de cujus VICENTE IACOBUCCI MANNETTI en la Sociedad Mercantil PROMOTORA ESENCIAL GERSIN, C.A, inscrita en el
Registro Único de Información fiscal (RIF) con el numero J002913908, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del distrito capital y del Estado Miranda, en fecha 06 mayo de 1987, bajo el N° 36, Tomo 33-A-Sgdo, con última modificación efectuada en fecha 09 de abril del 2008, bajo el número 34, tomo 52-A- SDO. Cúmplase lo ordenado líbrese oficios.
LA JUEZ
EGLEE M, ROJAS C.
LA SECRETARIA
SILVIA RODRÍGUEZ
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado y se libraron los Oficios Nros:109,110 y 111
LA SECRETARIA
SILVIA RODRIGUEZ
EMRC/SR/Lp
EXP. 25.241