REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, __________________________
215º y 165º

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, por el ciudadano CIRILO ARCEDIS AULAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.214.336, asistido por el abogado ELIO EDUARDO TOCUYO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 71.714, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno propiedad del Comité de Tierras Urbanas (CTU) ubicado en LA CALLE PRIMERA TRANSVERSAL, N° 24, SECTOR EL TORONJAL, LA PICA, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-07-02-U01-023-019-004-015-000-000, con un área de terreno de DOSCIENTOS VEINTINUEVE METROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (229,93 Mts2) y un área de construcción de CIENTO SESENTA Y CUATRO METROS CON CATORCE CENTIMETROS CUADRADOS (164,14 Mts2); comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: con casa N° 25, SUR: con casa N° 23, ESTE: con calle primera transversal, su frente y OESTE: con urbanización Los Naranjos y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano CIRILO ARCEDIS AULAR, antes identificado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA



Solicitud Exp. Nº TMP-7652-25