REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 02 de Mayo de 2025
215º y 165º

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, por el ciudadano FERNANDO ANTONIO ABREU LEDEZMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.270.306, asistido por el abogado LUIS ALBERTO ESQUIVEL GUTIERREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 277.736, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU) ubicado en la CALLE JUAN LANDAETA ENTRE CALLE SUCRE Y CALLEJON URBANETA, N° 43-B, BARRIO 18 DE MAYO, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-17-02-U01-042-020-027-000-000-000, con un área de terreno de TRESCIETOS CINCO METROS CON TREINTA Y SIETE CENTIMETROS CUDRADOS (305,37 Mts2) y un área de construcción de CIENTO ONCE METROS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (111,60 Mts2); comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: con calle Juan Landaeta, su frente, SUR: con rio Turmero, ESTE: con inmuebles Nros 43-A y 43, lote 28 y 29 y OESTE: con inmueble N° 45-1, lote 26 y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano FERNANDO ANTONIO ABREU LEDEZMA, antes identificado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,
02
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA



Solicitud Exp. Nº TMP-7706-25
BA/SQ/lp