REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 21 de mayo del 2025.-
215° y 166°.-
SOLICITANTES: JENNIFER TERAN GOMEZ, identificada con la cedula de identidad N° V-13.779.396, quien actúa en nombre y representación de sus hermanos ciudadanos YESSICA TERAN GOMEZ y YEINSON TERAN GOMEZ, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-17.274.930 y V-20.109.606 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: YNDIRA DEL CARMEN BALDUZ MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 74.203.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITUD: T1M-M-13.930-25.-
DECRETO DEFINITIVO.
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana la ciudadana JENNIFER TERAN GOMEZ, identificada con la cedula de identidad N° V-13.779.396, quien actúa en nombre y representación de sus hermanos ciudadanos YESSICA TERAN GOMEZ y YEINSON TERAN GOMEZ, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-17.274.930 y V-20.109.606 respectivamente, asistido por la abogada, YNDIRA DEL CARMEN BALDUZ MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 74.203, así como las declaraciones rendidas por los ciudadanos OMAR EULOGIO CHAVIEDO GARCIA y HUGO HENRY RIVAS MAICA, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-3.518.570 y V-10.542.142, respectivamente, este Tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros este Tribunal como se pide, DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurarle a su peticionario ciudadanos JENNIFER TERAN GOMEZ, YESSICA TERAN GOMEZ y YEINSON TERAN GOMEZ, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-13.779.396, V-17.274.930 y V-20.109.606 respectivamente, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ciudadano HUMBERTO RUBEN TERAN ACOSTA, identificada con la cedula de identidad N° V-7.5.270.400, quien falleció ab-intestato, el día 18/09/2017, según Acta de Defunción Nº 4633, Folio 133, Tomo 19, Año 2017, expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot, Estado Aragua. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones previa expedición de copias certificadas.
JUEZ PROVISORIO,
ABG. LEONEL ZABALA
EL SECRETARIO,
ABG. HIDALGO SÁNCHEZ.
En horas de despacho se publicó la siguiente decisión.
EL SECRETARIO,
ABG. HIDALGO SÁNCHEZ.
Sol. N°T1M-M-13.930-25.-
LZ/HS/ilsy.-