REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Veintiocho (28) de Mayo de Dos Mil Veinticinco (2025)

213° y 165°


SOLICITUD: T2M-V-964-25.-

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

SOLICITANTES: ABRAHAM SEGUNDO ISTURIZ ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-5.625.216.-
ABOGADO ASISTENTE: VERUSHKA AYALIT SANDOVAL GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 152.615.-

Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por el ciudadano ABRAHAN SEGUNDO ISTURIZ ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.625.216, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos JAVIER ABRAHAM ISTURIZ RODRIGUEZ y GENESIS ANDREINA ISTURIZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-15.470.328 y V-19.864.165 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada VERUSHKA SANDOVAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 152.615, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida Eudes Luisa Rodríguez Agrinzones, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.407.274, fallecida Ab- intestato, el día 10 de Abril del año 2025, en el Ambulatorio Padre Lazo Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro.202: Folio: 215, Tomo: 01, Año 2025. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, de la fallecida EUDES LUISA RODRIGUEZ AGRINZONES, plenamente identificado, a los ciudadanos ABRAHAN SEGUNDO ISTURIZ ALMEIDA y SUS HIJOS JAVIER ABRAHAM ISTURIZ RODRIGUEZ y GENESIS ANDREINA ISTURIZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-5.625.216, V-15.470.328, V-19.864.165 respectivamente, como consta en copia simple del acta de matrimonio Nro. 59, Año: 1981 expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua. Acta de nacimiento Nro. 2741, Tomo: 04, Año: 1982 expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua. Acta de nacimiento Nro. 413, Folio: 14, Tomo: II, Año: 1990, expedida por el Registro Civil del Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los ¬¬¬¬¬¬¬¬-Veintiocho (28) días del mes Mayo de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación.
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

RDRM/EH/yl
SOL. Nº T2M-V-964-25.-