REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 06 de noviembre de 2025
Años 214° y 166°
EXPEDIENTE N°. TMP -7891-25
PARTE SOLICITANTE: CARMEN ELOINA SOLIS DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.871.357.
ABOGADO ASISTENTE: ROFER JOSUE MORENO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 141.038.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana CARMEN ELOINA SOLIS DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.871.357, asistida por el abogado ROFER JOSUE MORENO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 141.038.
Tras una revisión detallada esta Juzgadora observa: en vista de la solicitud interpuesta por la ciudadana antes identificada y observando el escrito libelar y documentación promovida por la parte solicitante, se observa que falta la autorización del Comité de Tierras Urbanas (C.T.U), en consecuencia, este Tribunal INSTA a la solicitante a subsanar la autorización del Comité de Tierras Urbanas (C.T.U), a los fines de su Admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los seis (06) días del mes de ¬¬¬¬¬¬-noviembre de 2025, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-7891-25. -
BA/SQ/RM.-
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