REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

En horas de despacho del día de hoy 20 de noviembre de 2025, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, hora previamente fijada por el Tribunal para tener lugar el acto de testigo, compareció una persona que dijo ser y llamarse YANEZ MAGDALENO ELBA MARITZA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nº V-7.225.918 quien legalmente juramentada e impuesta del motivo de su comparecencia y de las generales de Ley referente a testigos, manifestó estar dispuesto a declarar, el Tribunal pasa a interrogar a la testigo acerca de los particulares descritos en el escrito de solicitud. PRIMERO: si conozco de vista, trato y comunicación a la ciudadana VICTOR RAMON RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.520.690, desde hace muchos años. SEGUNDO: Si se y me consta que las bienhechurías aquí descritas tienen un valor aproximado de CIEN MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (100.000,00 Bs). TERCERO: Si se y me consta que ha venido poseyendo el inmueble de forma pacífica e ininterrumpida y con ánimo de dueño desde hace mucho tiempo. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ

LA TESTIGO,





LA SECRETARIA,



BRIGIDA TERAN MORENO






Sol. N° T2M-M 215-25
DASA/BTM/cg










En horas de despacho del día de hoy 20 de noviembre de 2025, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, hora previamente fijada por el Tribunal para tener lugar el acto de testigo, compareció una persona que dijo ser y llamarse INGRID CORALIA PARRA RIVERO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nº V-7.547.580 quien legalmente juramentada e impuesta del motivo de su comparecencia y de las generales de Ley referente a testigos, manifestó estar dispuesto a declarar, el Tribunal pasa a interrogar a la testigo acerca de los particulares descritos en el escrito de solicitud. PRIMERO: si conozco de vista, trato y comunicación a la ciudadana VICTOR RAMON RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.520.690, desde hace muchos años. SEGUNDO: Si se y me consta que las bienhechurías aquí descritas tienen un valor aproximado de CIEN MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (100.000,00 Bs). TERCERO: Si se y me consta que ha venido poseyendo el inmueble de forma pacífica e ininterrumpida y con ánimo de dueño desde hace mucho tiempo. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.



EL JUEZ,

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ

LA TESTIGO,





LA SECRETARIA,



BRIGIDA TERAN MORENO






Sol. N° T2M-M 215-25
DASA/BTM/cg












REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO
IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 20 de noviembre de 2025
Años: 215° y 166°

Por recibida en fecha 30 de octubre de 2025, en el marco del operativo Tribunales Móviles del estado Aragua que se llevó a cabo en la Comuna LAS TRINITARIA 8,9 y 10 Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua. Presentado por el ciudadano VICTOR RAMON RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.520.690, hábil en derecho y de este domicilio. Désele entrada y curso de ley. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se insta a la parte solicitante para que presente a los testigos cuya carga tiene de presentar. -
EL JUEZ;

DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ

LA SECRETARIA


BRIGIDA TERAN MORENO




Sol. N° T2M-M 215-25 DASA/BTM/cg