REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
En el día de hoy, 04 de Noviembre de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse LARRY DON GONZALEZ CAZORLA, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-7.212.842. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al: PRIMERO: Si, la conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que la ciudadana de cujus, falleció el 05 de Octubre de 2025 a causa deuna INSUFICIENCIA VENTILATORIA AGUDA, INSUFICIENCIA CARDIACA. TERCERO: Si, puedo dar fe que la ciudadanaANITA VERACIERTA DE BLANCO, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.158.588, deja como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: FRANCISCO OMAR BLANCO VERACIERTA, ARMINDA JOSEFINA BLANCO BERACIERTA, ALEXIS GUSTAVO BLANCO VERACIERTA, NANCY JOSEFINA BLANCO VERACIERTA y ORLANDO DE JESUS BLANCO VERACIERTA. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 211-25
En el día de hoy, 04 de Noviembre de 2025, se ha presentado ante este Tribunal una persona que legalmente juramentada dijo ser y llamarse ANIBAL JOSE GUERRERO GONZALEZ, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-7.198.562. Impuesto del motivo de su comparecencia de los generales de la Ley referente a testigos manifestó no tener impedimento para declarar acerca de los particulares contenidos en la solicitud y contestó al:PRIMERO: Si, la conocí en vida por muchos años, SEGUNDO: Si, se y me consta que la ciudadana de cujus, falleció el 05 de Octubre de 2025 a causa deuna INSUFICIENCIA VENTILATORIA AGUDA, INSUFICIENCIA CARDIACA. TERCERO: Si, puedo dar fe que la ciudadanaANITA VERACIERTA DE BLANCO, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.158.588, deja como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: FRANCISCO OMAR BLANCO VERACIERTA, ARMINDA JOSEFINA BLANCO BERACIERTA, ALEXIS GUSTAVO BLANCO VERACIERTA, NANCY JOSEFINA BLANCO VERACIERTA y ORLANDO DE JESUS BLANCO VERACIERTA. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
EL TESTIGO,
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 211-25
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 04 de Noviembre de 2025
215º y 166º
Por recibida en fecha 30 de octubre de 2025, en el marco del operativo Tribunal Móvil Comuna 8, 9 y 10 Valles de Aragua y Las Trinitarias del estado Araguayvista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS alos ciudadanos: FRANCISCO OMAR BLANCO VERACIERTA, ARMINDA JOSEFINA BLANCO BERACIERTA, ALEXIS GUSTAVO BLANCO VERACIERTA, NANCY JOSEFINA BLANCO VERACIERTA y ORLANDO DE JESUS BLANCO VERACIERTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.569.609, V-7.184.204, V-7.248.964, V-7.263.520 y V-4.901.835, en su carácter de causahabientedelaciudadana: ANITA VERACIERTA DE BLANCO, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.158.588,quien falleció en fecha 05 de Octubre de 2025 tal como se desprende del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil de Defunción del Municipio Mario Briceño Iragorry, Parroquia El Limón, Estado Aragua, inscrita bajo el Nro. 343, Folio 093, Tomo B, de los libros de registro civil de defunción del año 2025.; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.
Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, dejándose copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 211-25
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 04 de Noviembre de 2025
215º y 166º
Por recibida en fecha 30 de Octubre de 2025, en el marco del operativo Tribunales Móviles, Comuna 8, 9 y 10 Valles de Aragua y Las Trinitarias del estado Aragua, y vista la anterior solicitud deUNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS constante de Un (01) folio útil y sus anexos presentado por el ciudadanoFRANCISCO OMAR BLANCO VERACIERTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.569.609,en representación propia y de sus familiares, debidamente asistido por la profesional del derechoYNDIRA BALDUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.203, désele entrada y evácuese la justificación promovida en ella y con sus resultas se proveerá.
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/BTM/kf
SOL. N° T2M-M 211-25