REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Veintisiete (27) de Noviembre de Dos Mil Veinticinco (2025)

214° y 166°


SOLICITUD: T2M-V-1027-25

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

SOLICITANTE: YANETH ELVIRA PÉREZ BARRIOS, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-11.178.210.

ABOGADO ASISTENTE: PEDRO FELIPE PÉREZ M., INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 248.140.



Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana YANETH ELVIRA PÉREZ BARRIOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-11.178.210, asistida por el Abogado PEDRO FELIPE PÉREZ M., inscrito en el Inpreabogado Nº 248.140, solicitando se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la fallecida RITA MIREYA BARRIOS RODRÍGUEZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.114.104, fallecida Ab- intestato, el día 28 de abril del año 2025, en el Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro 254, Folio 017, Tomo 02 del Año 2025. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la solicitante y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, de la fallecida RITA MIREYA BARRIOS RODRÍGUEZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.114.104, a la ciudadana YANETH ELVIRA PÉREZ BARRIOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-11.178.210, hija de la De Cujus, como se evidencia en acta de nacimiento Nº 776, Folio 276, Año 1970, expedida por la Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas Distrito Federal. ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los veintisiete (27) días del mes Noviembre de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 214º de la Independencia y 166º de la Federación. -
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.


EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 11:00 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.


EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ




RDRM/EH/At
SOL. Nº T2M-V-1027-25