REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, Tres (03) de Noviembre de Dos Mil Veinticinco (2025)
213° y 166°
SOLICITUD: T2M-V-1018-25.-
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO
SOLICITANTE: LUIS FERNANDO MARTINEZ ESTARITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-14.829.136.-
ABOGADO ASISTENTE: MARIA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516
Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por el ciudadano LUIS FERNANDO MARTINEZ ESTARITA actuando en nombre propio, debidamente asistido por la Abogada MARIA DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516, solicitando se le declaren como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del fallecido LUIS FRANCISCO MARTINEZ BARAJAS, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.241.428, fallecido Ab- intestato, el día 18 de Septiembre del año 2025, en la Ciudad de la Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta Nro.608: Tomo: 03, Año 2025. Esta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido LUIS FRANCISCO MARTINEZ BARAJAS, plenamente identificado, al ciudadano LUIS FERNANDO MARTINEZ ESTARITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-14.829.136, en condición de Padre del ciudadano antes identificado, como consta en copia simple del acta de Nacimiento Nro. WK-44042231, Año: 1958, expedida por el Notario Primero del Círculo de Barranquilla, Republica de Colombia. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los Tres (03) días del mes Noviembre de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 213º de la Independencia y 166º de la Federación. -
LA JUEZA
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
En la misma fecha siendo las 12:30 p.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/yl
SOL. Nº T2M-V-1018-25.-
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