REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
215° y 166º
SOLICITUD Nº 9398
SENTENCIA Nº ____-10112025
SOLICITANTE: JOHN DENIS MARTIN LORENZO, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.355.950.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOHN DENIS MARTIN LORENZO, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.355.950, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Gaceta oficial del INTI, certificado de empadronamiento N°CE000961, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: EDWIN ALEXANDER DIAZ OLIVEROS Y JOSE MIGUEL GIRLANDO MONTEVIDEO, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.694.153 Y V-19.206.737,respectivamente,promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano JOHN DENIS MARTIN LORENZO, venezolano, mayor edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.355.950, sobre un Lote de terreno Nacional del INTI, con una extensión de terrenos que mide TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA METROS Y OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS, (3.390,80.Mtrs2), ubicado en: Carretera Nacional la villa- san Juan de los morros sector Piritu, Parroquia Villa De Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 66,00 +34,00 Mts. con Posesión de la ciudadana Betty de saldeño y posesión de la ciudadana Berta Sanabria de vargascon; SUR: En 26,50Mts. Con Carretera Vieja De Piritu que dan a la entrada de las bienhechurías; ESTE: En 75,00Mts. Con posesión de Guillermo navas Echenique; OESTE: con 37,00Mts. Con la Misma posesión de la ciudadana Betty de Saldeño, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los diez (10) días del mes de Noviembre (11) de Dos Mil veinticinco (2025)
LA JUEZ
ABG.GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. ADRIANA PIÑERO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Solicitud N°9398
GCGB/AP/KC.- ABG. ADRIANA PIÑERO
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