REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 22 de octubre de 2025
Años 214° y 165°
EXPEDIENTE N°. TMP-7855-25. .
PARTES SOLICITANTES: MERGIR ROSANA OVALLES ALVARADO Y LUSMARY DANIELY VALERA OVALLES, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V- 11.090.783 y V-30.869.705,
ABOGADSA ASISTENTE: ALISBETH ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 304.355.-
MOTIVO: UNCOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Se recibió SOLICITUD DE UNCOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por las ciudadanas MERGIR ROSANA OVALLES ALVARADO Y LUSMARY DANIELY VALERA OVALLES, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V- 11.090.783 y V-30.869.705, asistidas por la profesional ALISBETH ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 304.355, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que existen incongruencias con respecto al nombre de una de las solicitantes en el libelo de la solicitud y el acta de unión estable de hechos, ya que en el libelo sale como MERGIR ROSANA OVALLES ALVARADO y en la unión estable de hechos como MERGI ROSANA OVALLES ALVARADO, en consecuencia, este Tribunal INSTA a las partes, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (22) días del mes de octubre del (2025) Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-7855-25
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