REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRADOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 28 deOctubre de 2025
215º y 166º
EXP. Nº T2M-M 15.163-25
DEMANDANTE: FANNY COROMOTO DAVILA DAVILA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.797.907representada por la abogadaDEISY MORELIA CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 147.041 mediante Poder otorgado e inserto por ante la Notaria Pública Cuarta, en fecha 07 de octubre de 2022, anotado bajo el N° 23, Tomo 14, folios 71 al 74.
DEMANDADO: SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA ALTI 2004 C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En fecha 23 de marzo de 2024, bajo el N° 71, Tomo 13-A. Representada por su presidente ciudadano TITI ANTONIO ESTANGA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.671.945.
MOTIVO: DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL.
DECISION: HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO
Que se inició el presente juicio por demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL presentada para su distribución en fecha 17 de Septiembre de 2025, por la ciudadanaFANNY COROMOTO DAVILA DAVILA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.797.907 representada por la abogada DEISY MORELIA CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 147.041 mediante Poder otorgado e inserto por ante la Notaria Pública Cuarta, en fecha 07 de octubre de 2022, anotado bajo el N° 23, Tomo 14, folios 71 al 74, contra la SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA ALTI 2004 C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En fecha 23 de marzo de 2024, bajo el N° 71, Tomo 13-A. Representada por su presidente ciudadano TITO ANTONIO ESTANGA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.671.945.
En fecha 24 de septiembre de 2025, se le dio entrada a la demanda quedando anotada en el libro de causa bajo el N° T2M-M 15.163-25.
El día 09 de octubre del año 2025, el alguacil de este juzgado consigno recibo de citación debidamente firmada por el ciudadano TITO ANTONIO ESTANGA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.671.945.
El día 10 de octubre de 2025, la apoderada, abogada DEISY MORELIA CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 147.041, sustituye Poder otorgado por su representante, a la abogada KARINA CORONEL SARRIA, Inpreabogado N° 95.740.
Al folio 94, cursa diligencia suscrita por la ciudadana FANNY COROMOTO DAVILA DAVILA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.797.907 asistida por las abogadas DEISY MORELIA CASTRO y KARINA CORONEL SARRIA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 147.041 y 95.740 respectivamente, mediante la cual DESISTE del presente proceso judicial de Desalojo, solicitan se ordene el archivo del expediente y a su vez el desglose y devolución de los documentos originales consignados en la presente causa, que corren insertos en los folios del 30 al 32; 34; 36 al 39; 52 al 75; 77 al 86 y 88.
En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/btm/kf
Exp- N° T2M-M 15.163-25
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