REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 10 de octubre de 2.025
215° y 166°
Vista la anterior solicitud presentado en el marco del operativo de los Tribunales Móviles de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, formulado por la ciudadana ROSALINDA VILLEGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.543.586, asistido por el abogado JESUS MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 295.877, y las declaraciones rendidas por los testigos, este Tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros declara de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos ROSALINDA VILLEGAS, GERMANIA ROSALIR CAMPOS VILLEGAS y FELIPE JESUS CAMPOS VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.543.586, V-20.988.552 y V-26.448.934 respectivamente, sus condiciones de únicos y universales herederos del causante ALIRIO ALBERTO CAMPOS CASTILLO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.254.879, fallecido el día 19 de agosto de 2.025, en Santa Rita, Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante.
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. ESTEBAN ZIEMS AGUILERA
LA SECRETARIA,
ABG. JANETH PÉREZ,
DIARIZADO Nº (10)
Sol. N° T3M-M-101-2025
EZ/JP/CP.-•