REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 08 de octubre de 2.025
215° y 166°

Vista la anterior solicitud presentado en el marco del operativo de los Tribunales Móviles de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, formulado por la ciudadana JUDITH COROMOTO TOVAR CAICEDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-5.628.402, asistida por la abogada LISSETT TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 182.258, y las declaraciones rendidas por los testigos, este Tribunal como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros declara de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dichas pruebas suficientes para asegurar a las ciudadanas JUDITH COROMOTO TOVAR CAICEDO, NEYURI NAILETH SANTANA TOVAR y NEYIVE JUDITH SANTANA TOVAR, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.628.402, V-18.933.875 y V-17.716.350 respectivamente, sus condiciones de únicos y universales herederos del causante WILFREDO SANTANA HERNANDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.583.919, fallecido el 24 de febrero de 2.025 en la ciudad de Maracay del estado Aragua. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante.
EL JUEZ SUPLENTE,

ABG. ESTEBAN ZIEMS AGUILERA

LA SECRETARIA,

ABG. JANETH PÉREZ,






DIARIZADO Nº (08)



Sol. N° T3M-M-98-2025
EZ/JP/CP.-•