REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. SEDE SAN FRANCISCO DE ASIS.

San Francisco de Asís, 01 Octubre de 2025. 215° y 165°

SOLICITUD Nº 1185
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬ 221 -10-2025
SOLICITANTES: IVONNE JOSEFINA GONZALEZ GONZALEZ venezolana, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.395.356.
MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana: IVONNE JOSEFINA GONZALEZ GONZALEZ, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.395.356, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como los siguientes documentos originales: Acta de defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Libertador , parroquia Palo Negro, Estado Aragua, bajo el Nº216, folio Nº 218, De fecha 19 de Mayo del 2022. Acta de Matrimonio expedida Registro Civil del Municipio Zamora, parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua, Nº 88, de fecha 29 de Agosto de 1.964. Acta de nacimiento expedida Registro Civil del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua, de fecha 26 de Febrero de 1.959. Actas de Nacimiento expedida Registro Civil del Municipio Zamora, parroquia Villa de Cura, del Estado Aragua Nº 1.071 de fecha 19 de Octubre de 1.970. Acta de Nacimiento expedida Registro Civil del Municipio Zamora Parroquia Villa de Cura bajo el Nº 949, de fecha 31 de Julio de 1.979, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 1.357, del Código Civil, y artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la justificación de las ciudadanos: JESUS LORENZO LEON SANCHEZ venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-6.490.823 y GREGORI ALEXANDER VALIENTE APONTE, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-15.196.901. Éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a los ciudadanos: IVONNE JOSEFINA GONZALEZ GONZALEZ, venezolana, casada, titular de la V-4.395.356, ROSELIS JAHAIRA GONZALEZ GUTIRREZ, venezolana, Divorciada, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.280.560, JOSE RAFAEL GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, Soltero, titular de la cedula Nº CI. V-10.340.367, y JULIO RAFAEL GONZALEZ GONZALES V- 13.720.883 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: JOSE RAFAEL GONZALEZ TERANquien en vida era de nacionalidad Venezolano; mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 848.639, dejando a salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase. Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, al Primer (01) día del mes de Octubre del año dos mil veinticinco (2025). Años: 215º de la Independencia y 165º de la Federación
La Jueza


Abg. Msc. Doralys Torres Tosta.


El Secretario



Abg. Pedro Cobos

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de (17) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

El Secretario


Abg. Pedro Cobos

Solicitud N° 1185
DVTT/PC/Rb