Se inicia el presente procedimiento por escrito presentado por la ciudadana CARLIS GABRIELA SUAREZ LUGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-24.723.645, debidamente asistida en este acto por la abogada LOANNY CHAVEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 134.298, se recibió en físico en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas (Sede Los Cortijos), en fecha 28 de marzo de 2025, contentivo de una solicitud de divorcio por DESAFECTO.

Admitida la solicitud en fecha 02 de abril de 2025, se ordenó la citación del ciudadano Fiscal del Ministerio Público para que comparezca dentro de los diez (10) días de despacho, siguientes a la constancia en autos de su citación, de igual manera la citación del ciudadano DORIAN RENE LOPEZ ESTRADA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-19.565.143, vía telefónica, a través de la aplicación WhatsAap, mediante el número telefónico (+56-958-734-649), todo ello en atención a lo previsto en la Resolución Nº 001-2022, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 16 de junio de 2022.

En fecha 31 de julio de 2025, la parte solicitante, solicito la citación telemática del ciudadano DORIAN RENE LOPEZ ESTRADA, vía whatsaap al número telefónico (+56-958-734-649), y solicito la fijación de los emolumentos respectivos e indico que puede realizarse la citación Telemática el día miércoles 30 de julio a las 02:52 p.m.
En fecha 31 de julio de 2025, mediante nota de secretaría la ciudadana Abg. GINIBER RINCON VICENT, en su carácter de Secretaria de este Tribunal Decimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dejó constancia que en horas de despacho del día 30 de febrero de 2025, siendo las dos y veinticinco de la tarde (02:25 p.m.), se comunicó por video llamada de WhatsApp al Nro, (+56-958-734-649), este último suministrado por la solicitante, perteneciente al ciudadano DORIAN RENE LOPEZ ESTRADA, participándole que por ante este Juzgado cursa solicitud de Divorcio signada bajo el N° AP31-F-S-2025-001775, presentada por la ciudadana CARLIS GABRIELA SUAREZ LUGO, donde manifestó estar de acuerdo con la solicitud planteada. Se dejó constancia de la notificación telemática, mediante captura de pantalla de la video llamada realizada al cónyuge. Es todo. (Vid folios 20 y 21 de las actuaciones).
En fecha 06 de agosto de 2025, este Juzgado ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Publico, según consta de diligencia presentada por el Alguacil designado en fecha 13 de agosto de 2025, en la cual consignó un ejemplar debidamente sellado y firmado por el funcionario adscrito a la Fiscalía Nonagésima Novena (99°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 24 de septiembre de 2025, compareció la abogada CARMEN LIZZET MEDINA RAMIREZ, en su condición de Fiscal Auxiliar Interina Encargada Nonagésima Novena (99°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e instituciones Familiares, quien manifestó que la presente causa cumple con los requisitos exigidos por la ley, “NO TIENE OBJECIÓN” que formular y la misma debe seguir su curso legal hasta la Sentencia Definitivamente Firme. Es todo. (Destacado del Original).