Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentado por los ciudadanos EDUARDO ORLANDO SOLIS GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.272.253, asistido por el profesional del derecho JOSE LUIS MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.581, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa: en vista de la solicitud interpuesta por el ciudadano antes descrito y observando el escrito libelar y documentación promovida por la parte actora, se observa que falta certificado original de ocupación, de un inmueble ubicado en: Calle los frailejones accediendo por la calle los claveles N°18 barrio jardines de santa bárbara, numero de ficha catastral 05-17-01-U01-051-006-006-000-000-000, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la solicitante a Consignar dicho documento, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (24) días del mes de ¬¬¬¬¬¬¬¬septiembre de 2025, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.



LA SECRETARIA