REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Treinta (30) de septiembre de Dos Mil Veinticinco (2025)
214° y 166°


SOLICITUD: T2M-V-982-25.-

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

SOLICITANTE: MAGALY OMAIRA ANDRADE DELGADO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DIVORCIADA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-4.404.629.

ABOGADO ASISTENTE: MARÍA DUARTE, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 212.516


Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana MAGALY OMAIRA ANDRADE DELGADO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-4.404.629, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos ciudadanos ANDRADE DE MURHIB ROMELIA MERCEDES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.373.167; ANDRADE DELGADO ILSE JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-3.938.629; ANDRADE DELGADO JESÚS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.152.596; ANDRADE DELGADO WILLIAM ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-3.799.880; ANDRADE DELGADO DOMINGO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-3.934.393; ANDRADE de MONASTERIOS AIXA BELEN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-4.368.953; ANDRADE DELGADO LEONARDO ALBERTO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-5.624.945 y ANDRADE DELGADO CARMEN ELENA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.581.196, debidamente asistidos por la Abogado en ejercicio MARÍA DUARTE, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 212.516, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido MARCO ANTONIO ANDRADE DELGADO, quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.373.436, fallecido Ab- intestato, el día 13 de enero del año 2023, en el Municipio José Rafael Revenga El Consejo Estado Aragua, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, bajo el Nro.003, Folio: 003, Tomo: I, Año: 2023. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido MARCO ANTONIO ANDRADE DELGADO, plenamente identificado, a los ciudadanos ANDRADE DE MURHIB ROMELIA MERCEDES, ANDRADE DELGADO ILSE JOSEFINA, ANDRADE DELGADO JESÚS ANTONIO, ANDRADE DELGADO WILLIAM ENRIQUE, ANDRADE DELGADO DOMINGO JOSÉ, ANDRADE de MONASTERIOS AIXA BELEN, ANDRADE DELGADO LEONARDO ALBERTO y ANDRADE DELGADO CARMEN ELENA, supra identificados, quienes son hermanos del De Cujus, como consta en copia simple de las actas de nacimiento que corren insertas a los autos de la solicitud: Acta Nro. 121, Año: 1947, expedida por la Prefectura del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo, Acta Nro. 154, Año: 1949, expedida por la Prefectura del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo; Acta Nro. 110, Año: 1954, expedida por la Prefectura del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo, Acta Nro. 120, Año 1954, expedida por la Prefectura del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua, Acta Nro. 77, Año 1956, expedida por la Prefectura del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua, Acta Nro. 101, Año 1958, expedida por la Prefectura del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua, Acta Nro. 149, Año 1959, expedida por la Prefectura del Municipio Santos Michelena del Estado Aragua, Acta Nro. 66, Año 1962, expedida por la Prefectura del Consejo Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, Acta Nro. 025, Año 1950, expedida por el Registro Civil San Joaquín del Estado Carabobo; Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo de este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones al solicitante.

Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los treinta (30) días del mes septiembre de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 214º de la Independencia y 166º de la Federación.
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.


EL SECRETARIO


ABG. EDWARD HERNÁNDEZ


En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.


EL SECRETARIO


ABG. EDWARD HERNÁNDEZ


RDRM/EH/At
SOL. Nº T2M-V-982-25.-