REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Treinta (30) de Septiembre de Dos Mil Veinticinco (2025)

214° y 166°


SOLICITUD: T2M-V-983-25.-

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

SOLICITANTE: BLANCA ELENA PEREZ DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-3.140.538.-
ABOGADO ASISTENTE: MARIA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516

Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana BLANCA ELENA PEREZ DE LOPEZ actuando en nombre propio y en representación de sus hijas LOPEZ PEREZ MARISABEL, LOPEZ PEREZ NAKARID, LOPEZ PEREZ CARELIS ELENA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-13.240.267, V-8.582.179, 8.552.975, debidamente asistida por la Abogada MARIA DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido JUAN DE JESUS LOPEZ GARCIA, quien fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-448.223, fallecido Ab- intestato, el día 20 de Marzo del año 2021, en el Ambulatorio Padre Lazo Corposalud La Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas Estado Aragua, Acta Nro.181: Tomo: 01, Año 2021. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido JUAN DE JESUS LOPEZ GARCIA, plenamente identificado, a las ciudadanas BLANCA ELENA PEREZ DE LOPEZ, LOPEZ PEREZ MARISABEL, LOPEZ PEREZ NAKARID, LOPEZ PEREZ CARELIS ELEN venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V- 3.140.538, V-13.240.267, V-8.582.179, 8.552.975, V-12.001.355 respectivamente, en condición de esposa del ciudadano JUAN DE JESUS LOPEZ GARCIA antes identificado, como consta en copia simple de la acta de Matrimonio Nro. 06, Tomo: 01, Año: 1993, expedida por el Registro Civil y Electoral Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua y Padre de las ciudadanas LOPEZ PEREZ MARISABEL, LOPEZ PEREZ NAKARID, LOPEZ PEREZ CARELIS ELENA, como consta en copia simple de acta de Nacimiento Nro. 1.882, Libro: 02, Año: 1977, expedida del Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta N° 382, Año: 1969, expedida por la Prefectura del Municipio Crespo, Distrito Girardot del Estado Aragua, Acta N° 2982, Año: 1963, expedida del Registro Civil de la Parroquia de San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal . Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los Treinta (30) días del mes Septiembre de Dos Mil Veinticinco (2025). Años 213º de la Independencia y 166º de la Federación. -
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ




RDRM/EH/yl
SOL. Nº T2M-V-983-25.