REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 12 de enero de 2026
Años 215° y 166°

EXPEDIENTE N°. TMP -7986-25
PARTES SOLICITANTES: ANTONIO JOSE FLORES NAVARRO y JULIO ALFONSO AGUILAR HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.984.756 y V-17.908.617.-
ABOGADO ASISTENTE: HENRY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº202.442.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos ANTONIO JOSE FLORES NAVARRO y JULIO ALFONSO AGUILAR HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.984.756 y V-17.908.617, asistidos por el abogado HENRY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº202.442, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que existe incongruencia en los documentos emitida por el comité de tierras urbanas, debido a que no identificaron los metros cuadrados de los linderos del inmueble, también deben colocar en el libelo los metros cuadrados de los linderos del inmueble, objeto de la presente solicitud, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte a subsanar los recaudos correspondientes, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (12) días del mes de enero del (2026) Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA


TMP -7986-25
BS/SQ/ag