| REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 12 de enero de 2026
Años 214° y 166°
EXPEDIENTE N°. TMP -8002-25
PARTE SOLICITANTE: RAQUEL RODRIGUEZ CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.435.312.
ABOGADO ASISTENTE: YIMMY JESUS VIELMA TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.456.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana RAQUEL RODRIGUEZ CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.435.312, asistida por el abogado YIMMY JESUS VIELMA TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.456.
Ahora bien, tras una revisión detallada al escrito libelar y los recaudos anexos, se constata que el número cívico de la constancia de inscripción catastral, emanada de la Dirección Municipal de Catastro no coincide con el plano de mensura y el libelo de solicitud, así mismo no consta en los recaudos el documento notariado reseñado en la constancia de inscripción catastral del inmueble objeto de la presente solicitud, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la solicitante a subsanar los respectivos recaudos, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los Doce (12) días del mes de enero de 2026, Años 214° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09:00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-8002-25. -
BA/SQ/RM.-
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