Se dictó resolucion en la cual se declaró INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el por el abogado JOSE ANGEL FAJARDO DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 137.203, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANNA DUBRASKA IZAGUIRRE RAGA, Venezolana, mayor de edad, de este domiciliado y titular de la cédula de identidad Nº V-19.594.642, contra presuntas violaciones de derechos y garantías constitucionales por parte de la Jueza del Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección, por no observar violaciones de Derechos y Garantías Constitucionales.